
PREGUNTA 1 de 15
El Catálogo de Servicios Sociales, en relación con cada una de las prestaciones incluidas, establece su denominación y definición y determina su naturaleza: Carácter complementario
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A)
Cuyo reconocimiento quedará sometido a las acciones presupuestarias del Sistema Público en cada ejercicio, conforme a principios objetivos de prelación y concurrencia
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B)
Cuyo reconocimiento quedará sometido a las disponibilidades presupuestarias del Sistema Público en cada ejercicio, conforme a principios objetivos de prelación y concurrencia
⚪
C)
Cuyo reconocimiento quedará sometido a las disponibilidades complementarias del Sistema Público en cada ejercicio, conforme a principios objetivos de prelación y concurrencia
PREGUNTA 2 de 15
El Catálogo de Servicios Sociales, en relación con cada una de las prestaciones incluidas, establece su denominación y definición y determina su naturaleza: Complementaria
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A)
Las prestaciones de Servicios asistenciales a las que no se atribuya naturaleza esencial se entenderán complementarias
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B)
Las prestaciones del Catálogo de Servicios Sociales a las que no se atribuya naturaleza especial se entenderán complementarias
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C)
Las prestaciones del Catálogo de Servicios Sociales a las que no se atribuya naturaleza esencial se entenderán complementarias
PREGUNTA 3 de 15
El Catálogo de Servicios Sociales también señala el régimen aplicable a su reconocimiento, disfrute y extinción, determinando, en particular
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A)
, los requisitos que han de reunir las personas discapacitadas, los centros o establecimientos idóneos para su gestión o provisión, los estándares de calidad a que han de ajustarse y, por último, su gratuidad o, en caso contrario, el grado de participación en la financiación del servicio o condiciones de pago del precio público.
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B)
, los requisitos que han de reunir las personas beneficiarias, los centros o establecimientos idóneos para su gestión o provisión, los estándares de calidad a que han de ajustarse y, por último, su gratuidad o, en caso contrario, el grado de participación en la financiación del servicio o condiciones de pago del precio público.
⚪
C)
, los requisitos que han de reunir las personas , los centros o establecimientos idóneos para su gestión o provisión, los estándares de calidad a que han de ajustarse y, por último el grado de participación en la financiación del servicio o condiciones de pago del precio público.
PREGUNTA 4 de 15
El acceso a las prestaciones por parte de las personas beneficiarias que cumplan los requisitos y condiciones establecidos en cada supuesto podrá efectuarse
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A)
1. de forma indirecta 2. como consecuencia de prescripción técnica 3. acto de reconocimiento 4. resolución judicial,
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B)
1. de forma directa 2. como consecuencia de prescripción de la seguridad social 3. acto administrativo de reconocimiento 4. resolución judicial,
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C)
1. de forma directa 2. como consecuencia de prescripción técnica 3. acto administrativo de reconocimiento 4. resolución judicial,
PREGUNTA 5 de 15
Respecto a la provisión de las prestaciones propias del Sistema Público de Servicios Sociales,
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A)
podrá realizarse a través de los centros de salud y servicios , tanto de titularidad pública como privada, que se integran en la Oferta Pública de la Red Centros de Salud y Servicios Sociales de Aragón.
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B)
podrá realizarse a través de los centros y servicios, tanto de titularidad pública como privada, que se integran en la Oferta Pública de la Red Centros y Servicios Sociales de Aragón.
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C)
podrá realizarse a través de los centros y servicios, tanto de titularidad pública como privada, que se integran en la Oferta Pública de la Red Centros de Salud y Servicios Sociales de Zaragoza
PREGUNTA 6 de 15
El decreto señala algunas cuestiones respecto a 1. la gratuidad 2. copago de las prestaciones
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A)
Las Administraciones Públicas garantizan a las personas discapacitadas la gratuidad de las prestaciones a las que se atribuye dicho carácter Los créditos presupuestarios destinados a la financiación de las prestaciones calificadas como esenciales tendrán la consideración de ampliables, debiéndose incrementar su dotación económica cuando su aseguramiento a las personas beneficiarias lo requiera, en los términos previstos
⚪
B)
Las Administraciones Públicas garantizan a las personas usuarias la gratuidad de las prestaciones a las que se atribuye dicho carácter Los créditos presupuestarios destinados a la financiación de las prestaciones calificadas como esenciales tendrán la consideración de ampliables, debiéndose incrementar su dotación económica cuando su aseguramiento a las personas beneficiarias lo requiera, en los términos previstos en la n
⚪
C)
Las Administraciones Públicas garantizan a las personas discapacitadas la gratuidad de las prestaciones a las que se atribuye dicho carácter Los créditos presupuestarios destinados a la financiación de las prestaciones calificadas como esenciales tendrán la consideración de carácter urgente, debiéndose incrementar su dotación económica cuando su aseguramiento a las personas beneficiarias lo requiera, en los término
PREGUNTA 7 de 15
El decreto señala algunas cuestiones respecto a: Copago
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A)
El reconocimiento de las prestaciones tecnológicas que no tengan carácter gratuito conllevará para la persona beneficiaria la obligación de participar, mediante copago, en la financiación del coste de la prestación.
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B)
El reconocimiento de las prestaciones de servicios y tecnológicas que no tengan carácter gratuito conllevará para la persona beneficiaria , la financiación del coste de la prestación.
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C)
El reconocimiento de las prestaciones de servicios y tecnológicas que no tengan carácter gratuito conllevará para la persona beneficiaria la obligación de participar, mediante copago, en la financiación del coste de la prestación.
PREGUNTA 8 de 15
El decreto señala algunas cuestiones respecto al Copago
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A)
La cuantía de la participación de las personas discapacitadas en la financiación del coste de los servicios se determinará, para cada prestación, atendiendo a la naturaleza del servicio, al coste o precio de referencia, a la capacidad económica y al tipo de necesidad que atiende la prestación.
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B)
La cuantía de la participación de las personas usuarias en la financiación del coste de los servicios se determinará, para cada prestación, atendiendo a la naturaleza del servicio, al coste o precio de referencia, a la capacidad económica y al tipo de necesidad que atiende la prestación.
⚪
C)
La cuantía de la participación de las personas discapacitadas en la financiación del coste de los servicios se determinará, para cada prestación, al coste o precio de referencia, a la capacidad económica y al tipo de necesidad que atiende la prestación.
PREGUNTA 9 de 15
El decreto señala algunas cuestiones respecto al Copago
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A)
En las normas que establezcan el régimen de participación de los usuarios en la financiación del coste de la prestación pueden establecerse deducciones o bonificaciones, en atención a situaciones de insuficiencia de recursos de las personas usuarias o posibles cargas familiares
⚪
B)
En las normas que establezcan el régimen de participación de las personas discapacitadas en la financiación del coste de la prestación pueden establecerse deducciones o bonificaciones, en atención a situaciones de suficiencia de recursos de las personas usuarias o posibles cargas familiares.
⚪
C)
En las normas que establezcan el régimen de participación de las personas discapacitadas en la financiación del coste de la prestación pueden establecerse deducciones o bonificaciones, en atención a situaciones de insuficiencia de recursos de las personas usuarias .
PREGUNTA 10 de 15
El decreto señala algunas cuestiones respecto al Copago
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A)
La capacidad económica del beneficiario se tendrá en cuenta para la determinación de la cuantía de las prestaciones económicas y la misma podrá verse incrementada, cuando así se prevea, por la percepción de otras prestaciones de análoga naturaleza o finalidad a la reconocida.
⚪
B)
La capacidad económica del beneficiario se tendrá en cuenta para la determinación de la cuantía de las prestaciones sociales y económicas y la misma podrá verse reducida, cuando así se prevea, por la percepción de otras prestaciones de análoga naturaleza o finalidad a la reconocida.
⚪
C)
La capacidad económica del beneficiario se tendrá en cuenta para la determinación de la cuantía de las prestaciones económicas y la misma podrá verse reducida, cuando así se prevea, por la percepción de otras prestaciones de análoga naturaleza o finalidad a la reconocida.
PREGUNTA 11 de 15
El catálogo repite lo que dice la ley de servicios sociales
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A)
No cabrá excluir a nadie de las prestaciones garantizadas , ni cabrá condicionar la calidad del servicio o la prioridad o urgencia de la atención al diferente grado de participación económica.
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B)
No cabrá excluir a nadie de las prestaciones garantizadas , ni cabrá condicionar la calidad del servicio o la prioridad o urgencia de la atención al diferente grado de participación social y económica.
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C)
No cabrá excluir a nadie de las prestaciones garantizadas por falta de recursos económicos ni cabrá condicionar la calidad del servicio o la prioridad o urgencia de la atención al diferente grado de participación económica.
PREGUNTA 12 de 15
Respecto a las competencias de las entidades locales aragonesas señala que les corresponde la gestión de las prestaciones propias de los servicios sociales generales
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A)
así como aquellas otras que les puedan corresponder conforme al régimen competencial establecido en la Ley 5/2009, de 20 de junio, de Servicios Sociales de Aragón.
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B)
así como aquellas otras que les puedan corresponder conforme al régimen competencial establecido en la Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón.
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C)
así como aquellas otras que les puedan corresponder conforme al régimen competencial establecido en la Ley 5/2011, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón.
PREGUNTA 13 de 15
El ejercicio de dichas competencias cabrá efectuarlo a través de cualquiera de las fórmulas previstas en el ordenamiento jurídico
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A)
sin perjuicio de los criterios de ordenación que puedan acordarse en el seno del Consejo Interadministrativo de Servicios Sociales.
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B)
sin perjuicio de los criterios de ordenación que puedan acordarse en el seno del Consejo Aragonés de Servicios Sociales.
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C)
sin perjuicio de los criterios de baremación que puedan acordarse en el seno del Consejo Interadministrativo de Servicios Sociales.
PREGUNTA 14 de 15
Podrán aprobar catálogos propios, complementarios al Catálogo de Servicios Sociales aprobado por este Decreto, en los que necesariamente deberán garantizarse el conjunto de prestaciones comunes del Sistema Público de Servicios Sociales establecidos para el conjunto de la Comunidad Autónoma de Aragón.
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A)
Las comarcas y aquellos municipios de más de diez mil habitantes que constituyan área básica de servicios sociales, en el ámbito de sus competencias
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B)
Las comarcas y aquellos municipios de más de veinte mil habitantes que constituyan área básica de servicios sociales, en el ámbito de sus competencias
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C)
Las comarcas de más de quince mil habitantes que constituyan área básica de servicios sociales, en el ámbito de sus competencias
PREGUNTA 15 de 15
El conjunto de centros y servicios que provean prestaciones públicas del Catálogo de Servicios Sociales
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A)
habrán de ajustarse a las reglas de identidad publica del Sistema Público de Servicios Sociales que resulten aplicables en cada caso
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B)
habrán de ajustarse a las reglas de identidad corporativa del Sistema Público de Servicios Sociales que resulten aplicables en cada caso
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C)
habrán de ajustarse a las reglas de identidad corporativa del Sistema Público de Servicios asistenciales y tegnologicos que resulten aplicables en cada caso.
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